COMUNICACION APLICACION ORDENANZA MONTE DEL HOSPITAL
Visto: La ordenanza nro 6345 , aprobada en este Concejo Deliberante y posteriormente promulgada por el Dpto Ejecutivo, respecto a la creación del AREA PROTEGIDA DEL MONTE DEL HOSPITAL y Considerando: Que en dicha ordenanza se establece los procedimientos a realizar para cualquier intervención sobre las distintas especies arbóreas allí presentes Que cualquier intervención que no se realice en base lo establecido en dicha ordenanza podrá interpretarse como falta de cumplimiento de los deberes de funcionario público, según lo determina el artículo 248, del código penal, DELITO CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA Que hemos tomado conocimiento que se ha querido proceder a la remoción de algunas especies sin la debida autorización por parte del observatorio designado para establecer la viabilidad o no de la acción, ni con la anuencia del Concejo deliberante de acuerdo a lo que reza la ordenanza en su artículo 3 Por las razones expuestas, los concejales abajo firmantes propone