ORDENANZA CAMBIO DE GRATUIDAD POR REALIZADO CON EL APORTE DE LOS CONTRIBUYENTES
VISTO
La necesidad de dar mayor transparencia a uso de los
recursos públicos evitando utilizar los mismos con fines proselitistas y
CONSIDERANDO
Que una de las obligaciones del funcionario publico
redactada claramente en la ley de etica publica es actuar de forma
transparente, y sobre todo, de forma
honesta (art 2 Ley 25188). Esta obligación se extiende también en la manera en
la cual se expresa un funcionario publico y comunica las distintas actuaciones
del estado. Este debe informar a la población con términos claros y correctos,
que permitan al individuo saber de las actuaciones del estado sin caer en
confusiones y ambigüedades, lo cual, de lograrse, generara al ciudadano mayor
confianza en las instituciones publicas y un mayor control civil sobre las
decisiones que influyen o podrían influir en su vida cotidiana, ampliando la
vida democrática en nuestra ciudad
Que en el marco de estas obligaciones y conforme a la Ley
de Etica Publica sostenemos que el termino gratis, no es ni honesto ni
transparente, llegando a ser impropio que lo use un funcionario público, ya que
nada es gratis. Todo lo paga el ciudadano, con sus tributos. Por ende, usar
este termino no solo cae en la ambigüedad, sino en la falsedad, y algo que le
puede ocasionar un perjuicio al ciudadano, ya que cree que algo no lo esta
pagando cuando si lo está haciendo, a través de sus impuestos y tasas
Que esta iniciativa propone quitar el termino gratis y
similares, y que en su reemplazo se mencione que el bien o servicio otorgado
por el Estado Municipal ha sido financiado con el dinero de los contribuyentes
para que efectivamente el ciudadano sepa que es él quien lo esta pagando. Esto
transparenta el origen de los recursos utilizados e informa a los ciudadanos
sobre el mismo y que fue gracias a él, quien, gracias a su contribución, pudo
ayudar a realizar tal o cual política pública, permitiendo evaluar prioridades
y oportunidad de la aplicación del bien o servicio a otorgar
Por
lo expuesto el bloque de concejales del frente JUNTOS eleva el siguiente
proyecto de ORDENANZA
ORDENANZA
Artículo 1: Se
verán afectados por la presente Ordenanza los dos poderes Municipales,
Departamento Ejecutivo y Deliberativo
Artículo 2: Cuando
se utilicen los términos GRATIS, GRATUITO, GRATUITAMENTE y similares en actos
públicos oficiales, publicidad oficial, campañas electorales, eventos
culturales y recitales, refiriéndose a bienes y servicios otorgados por el
Estado. Como asi también en actos públicos en donde se entreguen distintos
elementos amparados en una campaña o programa, debe efectuarse la aclaración
que “las erogaciones para realizarlos son financiadas con recursos
provenientes de los contribuyentes”. Dicha aclaración debe efectuarse
en los mismos medios en el que fueron realizadas o debidamente aclarada
oralmente o por escrito según corresponda al tipo de evento
Articulo 3: Las
personas alcanzadas en el artículo 1 que no cumplan con lo establecido en el
articulo 2 de la presente ordenanza, podrán ser denunciados por el
incumplimiento de los deberes de funcionario publico
Artículo 4:
Comuníquese al Dpto. Ejecutivo con sus vistos y considerandos
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