Programa Municipal de Movilidad Sostenible

 

Visto


La gran necesidad de establecer corredores seguros para la utilización de bicicletas y


Considerando

Que la bicicleta es utilizada por una gran parte de la sociedad ya sea como uso recreativo y/o como medio de transporte.

Que la bicicleta ayuda a elevar los hábitos saludables y a mejorar la calidad de vida de quienes la usan.

Que entre sus beneficios es un vehículo no contaminante, libre de ruidos y que tiene efectos positivos en la salud de los ciudadanos entre otros beneficios.

Que el espíritu de esta ordenanza es favorecer su uso a través de un programa piloto con una duración de un año, a fin de que, transcurrido ese lapso, se evalúe el grado de aceptación del sistema en la comunidad.

Que, en base a los resultados obtenidos, luego podrá ir sumándose a este programa más corredores en diferentes lugares

Que es necesario crear un programa de movilidad sostenible, que apunto a generar las políticas necesarias para el orden vehicular y su relación con el medio ambiente

Que estimular el uso de la bicicleta como medio de transporte permitirá reducir el grave problema de transito que actualmente tiene nuestra localidad dado por el permanente crecimiento del parque automotor, para ello es fundamental garantizar corredores que dispongan de las medidas de seguridad que correspondan transformando esos corredores en exclusivos


Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Rodríguez, en uso de sus atribuciones, sanciona con fuerza de:


ORDENANZA

Artículo 1°: Créase el Proyecto Municipal “Red de Bicisendas y/o ciclovías” dentro del Programa Municipal de Movilidad Sostenible (ver anexo), que se regirá por la presente.

Artículo 2°: Las Bicisenda, Ciclovías y Bicicletas contarán con las siguientes definiciones:


Bicicleta: Ciclo rodado de dos ruedas. Art.5, Ley 24.449, Bicicleta: ”es un vehículo de dos ruedas que es propulsado por mecanismos con el esfuerzo de quien lo utiliza, pudiendo ser múltiple de hasta 4 (cuatro) ruedas alineadas.”

Bicicletero: Espacio y/o construcción fija destinada al estacionamiento de bicicleta en la vía pública.

Bicisenda: Sector señalizado especialmente en la acera o espacio público para la circulación con carácter preferente de ciclo rodados, donde rigen reglas de circulación particulares adecuadas para la seguridad de los mismos en dicha área compartida.

Ciclovía: Carriles diferenciados para el desplazamiento de bicicletas o vehículo similar no motorizado, físicamente separado de los otros carriles de circulación, mediante construcciones permanentes dentro de la calzada. longitudinal de ésta sobre la calzada.

Artículo 3°: Los requisitos para la circulación en bicicletas serán, además de los establecidos en la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 (modificatorias y Decretos Reglamentarios, a saber: art. 5 inc. g, art. 28 Dto. 779/95, art. 29 inc. k, art. 40 bis y art. 46 bis.) y de la Ley Provincial de Tránsito N° 13.927 y Decreto Reglamentario 532/09 (titulo III art. 12 inc. J, Anexo I. art. 39°), los siguientes:

a) En los tramos de arterias con ciclovías o bicisendas deben circular exclusivamente por ellas.

b) No circular en zigzag.

c) No debe circular por la acera. Las bicicletas tienen prioridad de paso respecto de los automóviles, cuando estos últimos giren a derecha o izquierda para ingresar a otra arteria o cuando circulando los ciclistas en grupo, el primero de ellos haya ingresado a la bocacalle.

d) Tienen la prioridad de paso los peatones cuando cruzan la calzada por las sendas peatonales o los espacios destinados a tal fin.

e) Circular manteniendo una velocidad precautoria entre ellas, al igual que con otros vehículos, extremando la atención a fin de evitar alcances entre los propios ciclistas. Los adelantamientos deberán realizarse por la izquierda sobrepasando el carril opuesto calculando la distancia de los ciclistas que circulan en forma opuesta.
f) Las bicicletas pueden circular en columna de a dos como máximo por ciclocarriles, ciclovías o bicisendas si el ancho de éstas lo permite y, en esa modalidad, sólo por otros sectores de la calzada si se trata de carriles demarcados adyacentes a las aceras de la arteria.

 g) Circular con todas sus ruedas en contacto con la calzada y con ambas manos sobre el manubrio.

h) En las calzadas sin demarcación de carriles deben circular por el borde derecho. Éste podrá ser abandonado sólo para superar vehículos más lentos o que se encuentren detenidos o estacionados o para efectuar el giro a la izquierda en los lugares donde esté permitido.

i) No circular asido a otro vehículo.

 j) Adecuar su velocidad a la normativa para el tipo de vía que circula y las condiciones que se le presentan.

 k) Advertir las maniobras y cambios de circulación. Señalando las maniobras que indiquen giros, adelantamientos, detenciones y cambios de dirección o de carril.
 l) Obedecer las indicaciones de la autoridad y respetar la señalización. Los distintos lenguajes previstos en el tránsito, tales como indicaciones de la autoridad, luces de los semáforos, señales verticales y demarcaciones horizontales, constituyen elementos fundamentales para la circulación y convivencia en la vía pública.

m) En los lugares de mayor circulación, el estacionamiento debe hacerse en los bicicleteros dispuestos para tal fin.

N) En el caso de las bicisendas se respetará el sentido de circulación vehicular, por lo tanto, las bicicletas solo podrán circular en el sentido de circulación que indica la calle


Artículo 4°: Señalización de ciclovías/ bicisendas.

La señalización puede ser de dos tipos: vertical u horizontal: Señalización Vertical Las señales verticales son dispositivos de control de tránsito instalados a nivel de la vía o sobre ella. Están compuestas por un elemento de sustentación, placa e inscripción colocadas a proximidad de una vía para ciclistas Informativas son las siguientes:

-Estacionamiento para bicicletas Todo tipo de información que se le pueda brindar al ciclista (Sin reglamentar)

 Señalización Horizontal Las señales horizontales son aquellas marcas sobre el pavimento que tienen la función de delimitar o canalizar el tránsito de las bicicletas/ciclovías y de los vehículos motorizados. En las intersecciones tienen la finalidad de ordenar el cruce de las bicicletas y advertir su paso a los conductores de vehículos motorizados. Las marcas son líneas discontinuas de 0.30 m de ancho por 0.50 m de largo espaciadas cada 0.50 m.

En la ciclovía: La línea de separación entre el carril de tránsito motorizado y las ciclovías serán de dos líneas continuas de 0.10 m. de ancho con una separación de 0.10 entre sí, con pintura reflectiva en color amarillo. A esta línea de separación se agregarán separadores físicos, que podrán ser Delineadores tipo bastón flexibles reflectivos en proximidades a las intersecciones con otras arterias; tachas reflectivas o lumínicas en el largo de la Ciclovía; cordones discontinuos de hormigón en el largo de la Ciclovía.

La separación de carriles dentro de la ciclovía para carriles de doble sentido de circulación será una línea continua de 0.20 mts. Color amarillo reflectivo. La separación de carriles dentro de la ciclovía para carriles con un mismo sentido de circulación será una línea discontinua de 0.10 mts. de ancho x 1 mts. de largo con un módulo de separación entre sí de 1 mts. Color Blanco reflectivo.

 Línea de Pare, línea continua de 0.40 m de ancho de manera perpendicular a la ciclovía, en pintura reflectiva de color blanco.

En los accesos a propiedades adyacentes y aproximaciones a cruces el pintado será intercalado de 0.50 mts. por 0.50 mts.

Artículo 5°: Los siguientes ejes circulatorios serán destinados a la construcción de ciclovías de un sentido de circulación, sobre la mano izquierda de los mismos, a saber:

Saavedra entre Bdo de Irigoyen e H Yrigoyen

Balcarce entre  Bdo de Irigoyen e H Yrigoyen

Moreno entre De Maestri y Aristóbulo del Valle

Avellaneda entre De Maestri y Aristóbulo del Valle

Intendente Manny entre av 25 de Mayo y B Páez

Primera Junta entre Manny y Alem

Melo entre Belgrano y Alem

Belgrano entre Trueba y Melo

Artículo 6: La autoridad de aplicación deberá establecer en que puntos estratégicos se deberá proceder a construir bicicleteros a los efectos de garantizar que los usuarios dispongan de un lugar seguro en donde dejar sus bicicletas

Artículo 7°: Instruméntese un Programa de Concientización y Educación Vial para Ciclistas a fin de fomentar el uso seguro de este medio de transporte, que incluya la confección de un Manual para Ciclistas, una página web donde poder acceder a esta información, cursos de Seguridad Vial para Ciclistas en escuelas, e instituciones intermedias que así lo requieran, un módulo de Seguridad Vial para con los ciclistas en el Curso para Principiantes de Licencias de Conducir, y toda otra medida que ayude a la consecución de este objetivo.

Artículo 8°: Será autoridad de ampliación de la presente LA SECRETARIA DE TRANSPORTE o la que determine el Intendente Municipal.

Artículo 9°: Facultase al DE a realizar las adecuaciones presupuestarias que correspondan para la aplicación de la presente ordenanza, los mismos se deberán tener en cuenta para la realización del presupuesto 2021

Artículo 10°: De forma.-

 

 

 

 

ANEXO

 

Programa Municipal de Movilidad sostenible

 

Concepto

Proyecto concertado por todos los grupos políticos municipales. Integra y aborda de forma global aspectos urbanísticos, de planificación y gestión del tráfico y movilidad de personas y vehículos en general, con el objetivo de condicionar la elección del medio de transporte que realiza la ciudadanía para solucionar sus necesidades de movilidad.

Dicho proyecto busca elaborar soluciones a mediano y largo plazo en función a las problemáticas que se visualizan en la actualidad y que requieren de la implantación de un plan de ordenamiento.

El objetivo es establecer un modelo de movilidad urbana más sostenible para Gral. Rodríguez, un modelo que incluya aspectos ligados a la movilidad, el uso del espacio público, el ruido, las emisiones a la atmósfera y el consumo energético para definir una nueva configuración de las redes de movilidad que suponga un menor consumo de recursos y energía.

Red de Sendas urbanas. Ideada para dotar a la ciudad de unas vías o sendas en las que las formas de movilidad prioritarias sean la peatonal y la ciclista. Estas sendas urbanas conectan el centro de la ciudad y los barrios con el área rural y natural del municipio. El diseño de las redes de Sendas deberá atender las necesidades de conectividad que se relaciones con el trabajo, los servicios y la educación, estableciendo un cronograma de obras que garanticen su puesta en funcionamiento en cierto periodo de tiempo

PRINCIPALES APORTES

·        Prioridad del Transporte Público: Se busca incentivar el uso del transporte público teniendo en cuenta que un colectivo transporta 40-50 personas y que, en el mismo espacio, dos autos transportan 3-4 personas por auto. Para lo cual se deberán evaluar la incorporación de nuevas líneas de colectivos como así también de recorridos

·        Movilidad Saludable: Se busca promover la movilidad saludable en ciclorrodados y peatonal en todo el ámbito de la Ciudad

·        Ordenamiento de Tránsito y Seguridad Vial: Tiene como objetivo principal reducir los accidentes viales y colaborar en el ordenamiento del tránsito.

·        Movilidad inteligente: El Sistema Inteligente de Tránsito abarca nuevos instrumentos para el ordenamiento del tránsito y herramientas que facilitan la circulación dentro de la Ciudad de Buenos Aires. Se debe trabajar en la puesta en funcionamiento de mas semáforos y que ellos dispongan de sistemas de ordenamiento de transito informatizados

¿QUE PRETENDE ESTE PROGRAMA?

PARA LA CIUDAD:

  • Reducción de la congestión y el tránsito vehicular
  • Reducción de los niveles de ruido.
  • Mejora la ocupación del espacio público de manera más equitativa.
  • Mejora la calidad del aire.
  • Hacer a las ciudad más amigable y segura.

 

PARA LOS VECINOS:

  • Mejora la calidad de vida y el rendimiento de las personas.
  • Reducción del estrés.
  • Reducción de los costos de traslado.
  • Aporta a la construcción de un ambiente de trabajo más amable.
  • Facilitar su traslado por medio bicicletas o vehículos eléctricos
  • Disponer de corredores seguros

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