Calle MONSEÑOR BESCOS
Visto
La solicitud realizada por un conjunto de
vecinos de nuestra ciudad que consideran necesario mantener vivo el recuerdo de
Monseñor Roberto Bescos y
Considerando
Que monseñor Bescos fue uno de los sacerdotes
mas reconocidos y queridos en nuestra ciudad no solo por su trabajo religioso
sino también por su gran cercanía con el pueblo
Que en sus últimos días a pesar de ser muy
anciano siempre continúo ejerciendo su misión pastoral, acompañando a los mas
necesitados y dando mucha amor y paz a quien lo necesitaran
Que fue uno de los precursores de la capilla
de Lourdes cita en el Barrio de Villa Vengoechea, específicamente en las
cercanías de la parada Los Nogales y son sus vecinos y feligreses quienes
sostienen la necesidad de brindarle un homenaje a quien tanto a dado.
Que es necesario preservar la memoria de su
nombre y su obra, siendo una de las formas de hacerlo dando su nombre a una
calle de nuestra ciudad, proponiéndose el cambio de nombre de la calle AZUL, en
toda su extensión, por el de Monseñor Bescos, en el barrio de villa Vengochea,
dado su cercanía con la capilla de Lourdes
Por lo expuesto el bloque de concejales del
frente Cambiemos eleva el siguiente proyecto de ordenanza
Ordenanza
Articulo 1;
Modifíquese la denominación de la calle AZUL del barrio de Villa Vengoechea de
la localidad de General Rodríguez por “Monseñor BESCOS”
Articulo 2: Facúltese al Departamento Ejecutivo para que, a través de las
adecuaciones presupuestarias correspondientes, proceda dentro la brevedad
posible, a cambiar la cartelería indicativa para dar cuenta del mencionado cambio, el cual entrará en vigencia formal con la
aprobación de esta ordenanza.
Articulo 3: Establézcase un plazo de un año a partir de la fecha de
sanción de la presente ordenanza para que, en planos oficiales, registros
catastrales y todo formato administrativo que sea responsabilidad del municipio
de General Rodríguez se proceda a plasmar este cambio de denominación.
Artículo 4: Infórmese en modo fehaciente de esta ordenanza tanto a
organismos públicos dependientes del Estado Nacional como del Gobierno de la
Provincia de Buenos Aires y empresas de servicios públicos para que, en la
medida de sus posibilidades, procedan a la brevedad a adecuar sus registros de
acuerdo a esta normativa.
Articulo 5; Comuníquese con sus vistos y
considerandos al Dpto. Ejecutivo y dese amplia difusión en los medios de
comunicación locales
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