Parlamento de la Juventud
General Rodríguez, 12 Julio de 2016.-
PROYECTO DE ORDENANZA
PARLAMENTO DE LA JUVENTUD
Artículo 1°:
Crease en el ámbito del Honorable Concejo Deliberante y con la participación
del Gobierno Municipal, a través de las áreas de Educación y Juventud, y del
Consejo Escolar, el programa “Parlamento de la Juventud”.
Artículo 2°:
El programa “Parlamento de la Juventud” está destinado a la participación de
los jóvenes de 15 a 24 años. Podrán participar a través de las instituciones
educativas a las que concurren, mediante su Centro de Estudiantes o Cuerpo de Delegados, a través de organizaciones
e instituciones intermedias con participación juvenil o también de forma individual inscribiéndose en el Registro de
Participantes del Programa.
Están excluidos de este programa aquellos jóvenes que trabajen en cualquier organismo municipal o del Concejo Deliberante.
Están excluidos de este programa aquellos jóvenes que trabajen en cualquier organismo municipal o del Concejo Deliberante.
Artículo 3º:
Apruébese el reglamento del programa “Parlamento de la Juventud” que como anexo
I forma parte integrante de la presente.
Artículo 4°:
Establézcase contacto y trabájese en forma coordinada entre las partes
involucradas en el programa; Honorable Concejo Deliberante, Gobierno Municipal
a través de las áreas de Educación y Juventud,
Consejo Escolar, instituciones educativas, organizaciones e
instituciones intermedias con participación juvenil y todas aquellos actores
que sean representativos de la juventud.
Artículo 5°:
Díctense charlas informativas con el fin de fomentar la participación de los
jóvenes en el Programa.
Artículo 6°:
Bríndese a este Programa carácter de real participación ciudadana y no de
simulación
Artículo 7°:
Comuníquese al D.E.
Se
adjunta como anexo el “Reglamento del Programa Parlamento de la Juventud”
Fundamentos:
El
Proyecto consiste en incentivar el interés por lo Público, construir un espacio
de participación cívica joven, como así también un complemento practico para la
puesta de lo aprendido en el aula.
Este
Programa no debe ser tomado como un modelo de simulación ya que se trata de un
espacio real, de participación ciudadana, donde los jóvenes cumplirán un rol
activo en la resolución de las distintas problemáticas locales, para el bien
común de los vecinos de GENERAL RODRIGUEZ
ANEXO I: REGLAMENTO DEL PROGRAMA
“PARLAMENTO DE JUVENTUD”
OBJETIVO:
El
proyecto consiste en incentivar el interés por lo público y además ser un
espacio de participación cívica joven de General Rodriguez, convirtiéndose en
una importante herramienta para las escuelas, como complemento practico para el
área de cívica y ciudadanía.
PÚBLICO OBJETIVO
Jóvenes
de 15 a 24 años que participarán a través de las instituciones educativas a las
que concurren, mediante su Centro de Estudiantes o Cuerpo de Delegados, a través de
organizaciones e instituciones intermedias con participación juvenil, o también
de forma individual inscribiéndose en el
Registro de Participantes del Programa.
FECHAS DE IMPLEMENTACION:
Dos
(2) Parlamentos por año a realizarse en los meses de Junio y Septiembre.
METODOLOGIA DE TRABAJO:
Luego
de realizarse el período de promoción y difusión del programa se abrirá la
inscripción del mismo a través del Registro del Programa Parlamento Juvenil,
donde todos los jóvenes del distrito, pertenezcan o no a una institución u
organización, podrán inscribirse (excepto aquellos que sean empleados o agentes
municipales o de HCD)
Cada
institución intermedia u organización elegirá un (1) concejal titular y uno (1)
suplente y tres (3) jóvenes asesores. En el caso de los jóvenes que se
inscriban sin estar vinculados a ninguna institución u organización, elegirán
de ese mismo grupo un concejal titular y uno suplente que los represente. Las
instituciones educativas que participan del Programa lo hacen a través de su
Centro de Estudiantes. En caso de que la institución educativa no contara con
su respectivo Centro de Estudiantes podrá designarse una comisión de
estudiantes encargada de llevar a cabo las tareas de participación dentro del
programa Parlamento Juvenil.
Los
participantes actuarán como concejales apoyados por su grupo de asesores y
presentarán un proyecto ordenanza.
El
Parlamento Juvenil estará conformado por un total de veinte (20) bancas, que
serán asignadas a veinte (20) concejales jóvenes. En caso de que los inscriptos no superaran
las veinte (20) se funcionará de igual modo.
En
caso de que los inscriptos superen la cantidad de bancas establecidas, se
establecerá un mecanismo de selección mediante votación o sorteo.
La autoridad de aplicación podrá realizar
modificaciones para que el número de Concejales Jóvenes supere las 20 (veinte)
bancas cuando razones de mérito, oportunidad o conveniencia así lo indiquen.
Los
jóvenes electos como representantes titulares, si estuviesen impedidos de
asistir en alguna instancia de trabajo, deberán ser reemplazados por el
concejal suplente.
Los
proyectos que en la sesión plenaria de cada Parlamento de la Juventud, obtengan
la mayor cantidad de votos positivos serán ingresados por la mesa de entrada
este Honorable Concejo Deliberante para su tratamiento ordinario.
DISPOSICIONES
COMPLEMENTARIAS
Los
jóvenes participantes serán invitados a presenciar las sesiones del Honorable
Concejo Deliberante, en las que se dé tratamiento a los proyectos ingresados en
el marco del Programa “Parlamento Juvenil”.
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