Veredas en calles con alta circulacion
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
La necesidad de
mejorar y optimizar el estado de las veredas de la ciudad de General Rodriguez,
y
CONSIDERANDO:
Que no escapa a la realidad
del Distrito el alto deterioro en que se encuentran muchas veredas de nuestra
localidad, en muchos casos sin mantenimiento ni reparación alguna durante años,
inclusive por responsabilidad de empresas contratistas que han realizado
distintas obras;
Que el Estado
municipal es el encargado de controlar las buenas condiciones de las veredas,
para que la gente transite por lugares seguros;
Que se observan
distintas sentencias en todo el país derivadas de accidentes causados por
veredas en mal estado que han llegado casi de forma unánime a determinar la
responsabilidad del Municipio correspondiente, sea como demandado principal o
solidario;
Que principalmente
son de urgente solución aquellas calles que funcionan como accesos a la ciudad
o que cuentan con un alto volumen de tránsito vehicular trabajando de esta
manera en la seguridad del peatón, poniendo especial énfasis en los accesos
principales del casco urbano
Que las veredas son
parte fundamental para embellecimiento de la ciudad
Que este Concejo debe
contribuir a la seguridad de los habitantes y a que la vía pública se mantenga
apta para su circulación;
Por lo expuesto los de concejales del
Bloque Cambiemos elevan el siguiente
Proyecto de Comunicación
El Honorable Consejo Deliberante de General Rodriguez en uso de sus
atribuciones sanciona con fuerza de
COMUNICACION
Artículo 1°: Este
cuerpo vería con agrado que el Departamento Ejecutivo proceda a efectuar un exhaustivo relevamiento y consecuentemente la pertinente comunicación a
los vecinos frentistas del casco urbano, prestando especial atención en la
calle Dr. Leloir, respecto de la obligación de construir las correspondientes veredas
y/o reparar el estado de deterioro de las existentes, cumpliendo las
especificaciones que establecen el código de edificación y las ordenanzas vigentes.----------------------------------------------
Artículo 2°: Otorgase un plazo de 180 días, como máximo,
para que los vecinos
----------------- que vivan sobre calles indicadas en el artículo
precedente den comienzo a las obras correspondientes para la construcción y/o
reparación de las mismas.----
Artículo 3°: Encomiéndese al Departamento
Ejecutivo disponer el relevamiento de la
totalidad de obras que se encuentren en ejecución y/o finalizadas por parte de
empresas privadas, o concesionarias respecto de gas, telefonía, electricidad, agua,
cloacas y todo otro orden, a fin de que den estricto cumplimiento a la
obligación de reparar los daños que la ejecución de las mismas ocasionara a las
veredas de los vecinos frentistas. En aquellos casos en que se verifique el
incumplimiento, deberá darse inmediata intervención al área legal a fin que
proceda a incoar los procedimientos administrativos y/o judiciales que fueran
pertinentes. -----------------
Artículo 4: Autorizase al Departamento Ejecutivo a efectuar las obras que---------
-------------- correspondieran por el incumplimiento de los tareas
indicadas en el artículo primero, a cuenta del vecino obligado, una vez vencido
los plazos establecidos en el Articulo 2. Para la realización de las tareas
aquí indicadas, el Municipio otorgara prioridad a la contratación de
cooperativas de los programas Nacionales, Provinciales o Municipales vigentes,
que se integren con cooperativistas del Distrito de General Rodriguez.-------------------------------------------
En el supuesto caso que el frentista demuestre imposibilidad económica
para llevar a cabo la construcción y/o reparación, el estado Municipal podrá
realizar la obra mediante la contratación de las cooperativas mencionadas imputando
los gastos que demanden dicha obra a la
partida correspondiente del presupuesto de gastos
vigentes.---------------------------------------------------------------------------------
Artículo 5°: Dese amplia difusión mediante
los canales de comunicación
---------------- correspondientes.
.
Artículo 6°: De forma.-
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