RESOLUCION FALTA DE SUPLENTES EN LAS ESCUELAS

 

VISTO:

El reclamo constante de los padres que envían a sus hijos a las escuelas públicas respecto de la falta de docentes para cubrir cargos en los grados en que los docentes designados se encuentran dispensados a causa de la pandemia de COVID 19 o ante la falta de nombramiento en cargos vacantes- provisionales- o a cubrir por suplente y

Considerando

Que los actos públicos en muchos casos no se realizan y que en el caso de llevarse a cabo lo hacen en modo virtual, generando una gran demora en los nombramientos y asignación de las suplencias.

Que atento al inicio del ciclo lectivo 2021 y, en el marco de la Resolución N°416/21, la Dirección General de Cultura y Educación, informó que se ha permitido a las Secretarías de Asuntos Docentes llevar adelante ACTOS PÚBLICOS DIGITALES DESCENTRALIZADOS para la cobertura extraordinaria de cargos presenciales atendiendo a las particularidades, necesidades y fortalezas de cada distrito.

Que en el marco de la RESOC-2021-416-GDEBA-DGCYE, las Secretarías de Asuntos Docentes (SAD), debieron comenzar a ofrecer a través de actos públicos Digitales (APD) cargos, módulos y horas cátedra vacantes, como también suplencias que correspondan a la necesidad de cobertura. También, se cubrirán por el mismo procedimiento los “cargos extraordinarios para el reemplazo del trabajo presencial del docente frente a grupo” (motivado por las dispensas COVID-19).

Que se han detectado, en varias escuelas, una gran cantidad de cursos que no cuentan con los docentes suplentes asignados, notándose que ante la vuelta a la presencialidad no se garantiza el efectivo cumplimiento de la Resolución N°90/2020 del Ministerio de la Jefatura de Gabinete de Ministros en la que se resuelve el logro de la mayor presencialidad posible de los estudiantes, estipulando mecanismos de cobertura acorde al marco de la emergencia sanitaria por COVID-19.

Que por la no presencialidad de los alumnos en el ciclo lectivo 2020, se ha detectado un alto porcentaje de desvinculación de alumnos, de desigualdad en condiciones de aprendizaje.  

Que, si bien el sistema de burbujas genera, en muchos casos, la sola presencia de los alumnos durante una semana al mes, es clave que en dicha semana cuenten con el docente en el aula.

Que es responsabilidad de la Dirección General de Cultura y Educación de la provincia de Buenos Aires sostener la educación presencial, que respete la premisa de presencialidad cuidada, teniendo en cuenta que tanto la dimensión pedagógica como la socioafectiva son claves para el desarrollo de la subjetividad constituyendo los cargos necesarios para contar con docentes frente a las aulas.

Que es inadmisible que la Dirección General de Cultura y Educación de la provincia de Bs As, ante la presente crisis educativa, no articule ni garantice los mecanismos necesarios a los efectos de proceder al nombramiento instantáneo de cargos, módulos y horas cátedra vacantes, como también suplencias que correspondan a la necesidad de cobertura ya sea por licencias enmarcadas en la Ley 10.579- Estatuto del Docente de la Provincia de Buenos Aires y su Reglamentación,  como aquellos cargos extraordinarios para el reemplazo del trabajo presencial del docente frente a grupo motivado por las dispensas COVID-19.

Por lo expuesto, El Bloque de Concejales de Juntos por el Cambio elevan para su tratamiento y aprobación el siguiente Proyecto de Resolución.

RESOLUCIÓN:

ARTICULO 1°.-  El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE de General Rodríguez manifiesta su profunda preocupación por la gran demora que se viene registrando en el nombramiento de docentes para cargos, módulos y horas cátedra vacantes como también  la cobertura de cargos extraordinarios para el reemplazo del trabajo presencial del docente frente a grupo” (motivado por las dispensas COVID-19), solicitando a la Directora General de Cultura y Educación de la provincia de Bs As, Lic. María Agustina Vila que  garantice las medidas necesarias a los efectos de subsanar dicha problemática y la supervisión de las instancias pertinentes de la puesta en acto de la efectividad de los procesos

AERICULO 2°.-  Comuníquese a la Directora General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, al Director de Gestión de Asuntos Docentes de la Pcia. de Buenos Aires, Lic Martin Pastrone, a la Jefatura Distrital de Educación de General Rodríguez.

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