RESOLUCION FALTA DE SUPLENTES EN LAS ESCUELAS
VISTO:
El
reclamo constante de los padres que envían a sus hijos a las escuelas públicas
respecto de la falta de docentes para cubrir cargos en los grados en que los docentes
designados se encuentran dispensados a causa de la pandemia de COVID 19 o ante
la falta de nombramiento en cargos vacantes- provisionales- o a cubrir por
suplente y
Considerando
Que los
actos públicos en muchos casos no se realizan y que en el caso de llevarse a
cabo lo hacen en modo virtual, generando una gran demora en los nombramientos y
asignación de las suplencias.
Que atento al inicio del ciclo lectivo 2021 y, en el marco de
la Resolución N°416/21, la Dirección General de Cultura y Educación, informó
que se ha permitido a las Secretarías de Asuntos Docentes llevar adelante ACTOS
PÚBLICOS DIGITALES DESCENTRALIZADOS para la cobertura extraordinaria de cargos
presenciales atendiendo a las particularidades, necesidades y fortalezas de
cada distrito.
Que en el marco de la RESOC-2021-416-GDEBA-DGCYE, las
Secretarías de Asuntos Docentes (SAD), debieron comenzar a ofrecer a través de
actos públicos Digitales (APD) cargos, módulos y horas cátedra vacantes, como
también suplencias que correspondan a la necesidad de cobertura. También, se
cubrirán por el mismo procedimiento los “cargos extraordinarios para el
reemplazo del trabajo presencial del docente frente a grupo” (motivado por las
dispensas COVID-19).
Que
se han detectado, en varias escuelas, una gran cantidad de cursos que no
cuentan con los docentes suplentes asignados, notándose que ante la vuelta a la
presencialidad no se garantiza el efectivo cumplimiento de la Resolución
N°90/2020 del Ministerio de la Jefatura de Gabinete de Ministros en la que se
resuelve el logro de la mayor presencialidad posible de los estudiantes, estipulando
mecanismos de cobertura acorde al marco de la emergencia sanitaria por
COVID-19.
Que
por la no presencialidad de los alumnos en el ciclo lectivo 2020, se ha
detectado un alto porcentaje de desvinculación de alumnos, de desigualdad en
condiciones de aprendizaje.
Que,
si bien el sistema de burbujas genera, en muchos casos, la sola presencia de
los alumnos durante una semana al mes, es clave que en dicha semana cuenten con
el docente en el aula.
Que
es responsabilidad de la Dirección General de Cultura y Educación de la
provincia de Buenos Aires sostener la educación presencial, que respete la
premisa de presencialidad cuidada, teniendo en cuenta que tanto la dimensión
pedagógica como la socioafectiva son claves para el desarrollo de la subjetividad
constituyendo los cargos necesarios para contar con docentes frente a las
aulas.
Que
es inadmisible que la Dirección General de Cultura y Educación de la provincia
de Bs As, ante la presente crisis educativa, no articule ni garantice los
mecanismos necesarios a los efectos de proceder al nombramiento instantáneo de cargos, módulos y horas cátedra vacantes, como también
suplencias que correspondan a la necesidad de cobertura ya sea por licencias
enmarcadas en la Ley 10.579- Estatuto del Docente de la Provincia de Buenos
Aires y su Reglamentación, como aquellos
cargos extraordinarios para el reemplazo del trabajo presencial del docente
frente a grupo motivado por las dispensas COVID-19.
Por
lo expuesto, El Bloque de Concejales de Juntos por el Cambio elevan para su
tratamiento y aprobación el siguiente Proyecto de Resolución.
RESOLUCIÓN:
ARTICULO
1°.- El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE de
General Rodríguez manifiesta su profunda preocupación por la gran demora que se
viene registrando en el nombramiento de docentes para cargos, módulos y horas cátedra vacantes como también la cobertura de cargos
extraordinarios para el reemplazo del trabajo presencial del docente frente a
grupo” (motivado por las dispensas COVID-19), solicitando a la Directora
General de Cultura y Educación de la provincia de Bs As, Lic. María Agustina
Vila que garantice las medidas necesarias
a los efectos de subsanar dicha problemática y la supervisión de las instancias
pertinentes de la puesta en acto de la efectividad de los procesos
AERICULO
2°.- Comuníquese a la Directora General
de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, al Director de Gestión
de Asuntos Docentes de la Pcia. de Buenos Aires, Lic Martin Pastrone, a la Jefatura
Distrital de Educación de General Rodríguez.
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