RESOLUCION INTERVENCIONES
General Rodríguez, Febrero
de 2022
Sr. Presidente del Concejo Deliberante
del Partido de General Rodríguez
Marcelo R. Basilotta.
De mi consideración
Remito a Ud. el presente
proyecto de Comunicación para su
tratamiento en la próxima sesión del Honorable Concejo Deliberante
VISTO:
El decreto Nro.
128 del año 2022 del departamento ejecutivo de fecha 18 de enero del corriente
año y,
Considerando
Que mediante
dicho abrí administrativo se dispone la "intervención" por el
Departamento Ejecutivo de la Secretaría de Obras, Servicios Públicos y
Vivienda.
Que resulta
sumamente llamativa la "intervención" de un área del departamento
ejecutivo por el máximo responsable de dicha área, y por tanto, con
atribuciones de realizar los ceses y nombramientos que considere oportunos.
Que se desconoce
el fundamento jurídico detrás de esta "intervención"
Que éste remedio
inédito está motivado en supuestas denuncias e irregularidades que es necesario
conocer.
Que también es
importante, visto lo delicado del tema, indagar sobre los antecedentes que
llevaron al nombramiento del "interventor" designado.-
Que en la misma
línea del decreto mencionado se dictó el decreto 2388 con fecha 6 de diciembre
del año 2021, interviniendose la secretaría de inspección general.
Por todo ello, el
bloque de Concejales de JUNTOS propone
el siguiente:
PROYECTO DE DECRETO
El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL RODRIGUEZ, en uso de sus
atribuciones, sanciona con fuerza de
DECRETO:
ARTICULO 1: El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL
RODRIGUEZ, se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que en un plazo
de 10 días hábiles informe:
1.- Cual es la normativa en la que sustenta
la"intervención" de un área de gobierno a cargo naturalmente del
departamento ejecutivo. Mencione las razones por las cuales se ha procedido a
una suspensión de plazos en las áreas intervenidas
2.- Detalle los motivos que llevaron a la
"intervención" de la Secretaría
de Obras, Servicios Públicos y Vivienda.
Igualmente de detalles sobre la IPP mencionada en el decreto
2388 sobre la intervención a Inspección general.
3.- Remita copia de la denuncia mencionada en los
considerandos del decreto de intervención de la secretaría de Obras Públicas.
En caso de no contar con ella, informe si se ha tomado conocimiento del
contenido de la misma, detallando los motivos, y fiscalía interviniente.
4.- Informe si se ha instruido sumario administrativo
relacionado con las irregularidades que motivaron las intervenciones y son
mencionadas en los decretos en análisis.
5.- Informe los antecedentes que llevaron a la designación
del Doctor Puentes como “interventor” de dos áreas en forma simultáneo y sin
dejar su actual cargo en el departamento ejecutivo.
6.- Detalle respecto del nombrado si posee relación de
parentesco con algún funcionario de las áreas intervenidas. Informe
rigurosamente si el mencionado Puentes posee antecedentes penales. Mencione si
el interventor realizará su tarea “ad honorem”,
7.- Informe todo otro dato que resulte de interes para el
acabado conocimiento de la situación fáctica y jurídica que motivó el dictado
del decreto 128/2022 y 2388/21
ARTICULO 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal
con sus vistos y considerandos.
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